Fianzas y depósitos recibidos y constituidos a corto plazo y ajustes por periodificación

La parte de las fianzas y depósitos, recibidos o constituidos y garantías financieras concedidas, a largo plazo que tenga vencimiento a corto deberá figurar en el pasivo o activo corriente del balance; a estos efectos se traspasará a este subgrupo el importe que representen las fianzas, depósitos y garantías financieras a largo plazo con vencimiento a corto de las cuentas correspondientes de los subgrupos 18 y 26. Cuentas de detalle:

  1. Fianzas recibidas a corto plazo.
  2. Depósitos recibidos a corto plazo.
  3. Fianzas constituidas a corto plazo.
  4. Depósitos constituidos a corto plazo.
  5. Intereses pagados por anticipado.
  6. Intereses cobrados por anticipado.
  7. Garantías financieras a corto plazo.